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Programa McKinney-Vento

Reseña del programa
En enero de 2002, el Congreso autorizó la Ley de asistencia para personas sin hogar McKinney-Vento para ayudar a las personas sin hogar. La ley federal incluye el Programa de Educación para Niños y Jóvenes sin Hogar que les da derecho a los niños que carecen de una residencia nocturna fija, regular y adecuada a una educación apropiada y gratuita y exige que las escuelas eliminen las barreras para su inscripción, asistencia y éxito en la escuela. El Programa McKinney-Vento satisface las necesidades de los estudiantes sin hogar que asisten a la Academia de Liderazgo Paul R. Brown al abordar los desafíos académicos y los problemas familiares que afectan su éxito en la escuela.
 
Ejemplos de situaciones de vida que pueden calificar incluyen, pero no se limitan a:
Vivir con un amigo, pariente u otra persona/familia debido a la pérdida de vivienda
Quedarse en un motel u hotel debido a la pérdida de vivienda o por huir de la violencia doméstica
Vivir en un refugio de emergencia, vivienda de transición o refugio de violencia doméstica
Vivir en un automóvil, parque o lugar público, edificio abandonado o estación de autobuses
Vivir temporalmente en viviendas precarias
Vivir en un campamento o en una casa rodante inadecuada
Vivir en un refugio para jóvenes fugitivos o sin hogar; huir joven
Jóvenes que viven solos, incluso si sus familias quieren que regresen a casa

El Programa McKinney-Vento también satisface las necesidades de "un joven que no está bajo la custodia física de un padre o tutor" (42 USC §11434a(6), 2001). Los jóvenes que no están bajo la custodia física de un padre o tutor y que carecen de una residencia fija, regular y adecuada se denominan jóvenes sin hogar no acompañados. Los jóvenes que se escapan también son elegibles para los servicios incluso si el padre/tutor/cuidador desea que el estudiante regrese a casa. Algunas razones por las que un joven puede estar solo incluyen, pero no se limitan a, disfunción familiar, negligencia y abuso de los padres (emocional, físico, sexual o de sustancias), encarcelamiento, enfermedad y deportación. Los jóvenes fugitivos y los jóvenes sin hogar no acompañados son elegibles para inscribirse de inmediato sin un tutor legal. Bajo el Programa McKinney-Vento, no hay límite de edad para un joven no acompañado sin hogar o fugitivo, siempre que el estudiante sea elegible para la educación pública K-12 en NC. Las escuelas deben alertar de inmediato al enlace de McKinney-Vento de la escuela o al enlace de McKinney-Vento del distrito si se les presenta un posible joven fugitivo o sin hogar sin acompañante.

Las disposiciones de la Ley McKinney-Vento reemplazan cualquier ley estatal o política local que pueda entrar en conflicto con esta ley.

Solicitud de servicios
Los servicios proporcionados incluyen inscripción inmediata, selección de escuela que promueve la estabilidad, nutrición y apoyo académico. Los servicios de McKinney-Vento se brindan por la duración de un año escolar y no se renuevan automáticamente. Los trabajadores sociales escolares y los consejeros del Programa de Asistencia Estudiantil (SAP) evalúan la elegibilidad. Para obtener más información sobre los servicios prestados y cómo acceder a los servicios, comuníquese con el trabajador social escolar en la escuela preescolar, primaria, intermedia y alternativa o con el consejero del Programa de Asistencia Estudiantil (SAP) en la Academia de Liderazgo Paul R. Brown.

Información del contacto
Para solicitudes de servicio:

Otros contactos:

Sra. Teresa Lloyd
Enlace del distrito de McKinney-Vento
(910) 862-2965
tlloyd@prbla.org

Dirección de envio:

PRBLA
1360 MLK Dr

Elizabethtown, Carolina del Norte 28338
 

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